Regulaciones

regulaciones de ingreso a

Jamaica

Debes tener en cuenta las siguientes regulaciones antes de ingresar a suelo Jaimaiquino:
 

Regulaciones en Visas

1. Antes de llegar: Los viajeros deben ponerse en contacto con la representación de Jamaica en el extranjero más cercana.

2. Al llegar: Se puede conseguir un visado de visita de turismo. Sin embargo, este servicio se aplica sólo a ciudadanos de Albania, Andorra, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia, Ex-República Yugoslava de Macedonia, Georgia, Hungría, Kazajstán, Kirguistán, Letonia, Lituania, República de Moldavia, Mónaco, República de Montenegro, Polonia, Rumania, Rusia, República de Serbia, República Eslovaca, Eslovenia, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania, Uzbekistán y para viajeros con pasaporte de China Taipei.

3. Al llegar: Se puede conseguir un visado de visita de turismo. Sin embargo, este servicio se aplica sólo a refugiados y personas sin nacionalidad o ciudadanía residentes en uno de los países: Albania, Andorra, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Taipei de China, Croacia, República Checa, Estonia, Ex-República Yugoslava de Macedonia, Georgia, Hungría, Kazajstán, Kirguistán, Letonia, Lituania, República de Moldavia, Mónaco, República de Montenegro, Polonia, Rumania, Rusia, República de Serbia, República Eslovaca, Eslovenia, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania y Uzbekistán.

Todos los pasajeros deben estar en posesión de un visado, excepto en los siguientes casos: 
1. Ciudadanos de Jamaica

2. Viajeros que porten un pasaporte británico, independientemente del endoso en el que se detalla su nacionalidad, excepto los pasaportes con la inscripción «British Overseas Territories Citizen» (Ciudadano de los Territorios Británicos de Ultramar) expedido a residentes de las Islas Caimán.

3. Ciudadanos de Antigua & Barbuda, Australia, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Belice, Botswana, Brunei, Canadá, Chipre, Dominica, Fiyi, Gambia, Gana, Grenada, Guyana, Kenia, Kiribati, Lesoto, Malawi, Malasia, Malta, Mauricio, Namibia, Nauru, Nueva Zelanda, Papúa Nueva Guinea, Seychelles, Sierra Leona, Singapur, Islas Solomón, Sudáfrica, San Kitts-Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Suiza, Tanzania, Tonga, Trinidad & Tobago, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Zambia y Zimbabue.

4. Viajeros que viajen sólo por razones turísticas siempre que:
4.1. Sean ciudadanos de los Estados Unidos y cuya estancia no supere los seis meses.
4.2. Residentes extranjeros de Canadá o los Estados Unidos cuya estancia no supere los seis meses y tengan documento de residencia.
4.3. ciudadanos de Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Islandia, República de Irlanda, Israel, Italia, República de Corea, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Holanda, Noruega, San Marino, Suecia, Suiza y Turquía, cuya estancia no supere los 90 días.

5. Los viajeros que viajen por razones de negocio y cuya estancia no supere los 30 días, siempre que sean: 
5.1. Ciudadanos de Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Islandia, República de Irlanda, Israel, Italia, República de Corea, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Holanda, Noruega, San Marino, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos.
5.2. Residentes extranjeros de Canadá o los Estados Unidos que tengan un permiso de residencia.

6. Los viajeros que viajen por razones turísticas o de negocio y cuya estancia no supere los 30 días, siempre que sean: 
6.1. Ciudadanos de Argentina, Costa Rica, Ecuador, Francia, Grecia, Japón, Portugal, España, Surinam y Uruguay.
6.2. Ciudadanos de Chile con pasaporte ordinario.
6.3. Viajeros que porten un pasaporte expedido por Hong Kong (Región Administrativa Especial de China).
6.4. Ciudadanos de Brasil con pasaporte ordinario o consular, o pasaporte de servicio o especial.

7. Ciudadanos de Venezuela cuya estancia no supere los 14 días y viajen sólo por motivos turísticos.

8. Ciudadanos de India cuya estancia no supere los 14 días.

9. Ciudadanos de Brasil con pasaporte oficial o diplomático que viajen por motivos turísticos o de negocio y cuya estancia no supere los 90 días. 
Exención de visado: 
se aplica durante todo el periodo de servicio.

10. Viajeros con pasaporte oficial o diplomático siempre que sean ciudadanos de la República Popular de China, Cuba y El Salvador.

11. Viajeros cuya estancia no supere los 90 días siempre que sean:
11.1. Ciudadanos de Perú y Rusia y porten un pasaporte diplomático, oficial o de servicio;

12. Viajeros de negocios que tengan un “Laissez Passer” expedido por  Naciones Unidas.

13. Viajeros que porten un permiso válido de reentrada expedido por Jamaica.

14. Viajeros que porten un Documento Oficial de Viaje expedido por la Organización de los Estados Americanos siempre que viajen de servicio.

Se permite el tránsito sin visado a aquellos viajeros que vayan a continuar sus viajes dentro de tres días a un tercer país si tienen billetes confirmados. No hay alojamiento en el aeropuerto.
a. Se permite el tránsito sin visado a los ciudadanos de Afganistán, República Popular de China, República Democrática Popular de Corea, Mongolia y Vietnam si continúan su viaje en el mismo vuelo sin salir del aeropuerto;
b. Se permite el tránsito a los ciudadanos de Colombia durante un período que no exceda las 8 horas siempre que hayan facturado y tengan tarjeta de embarque para un vuelo de conexión a condición de que no abandonen el área de tránsito. 
En los demás casos, el visado de tránsito es obligatorio. Las autoridades de inmigración pueden permitir el tránsito sin visado solamente en casos especiales, a condición de que la aerolínea notifique con antelación a dichas autoridades.

1. Para los ciudadanos de la República Popular de China, Cuba y El Salvador con pasaporte oficial o diplomático, se determina la duración de su visita por las autoridades de inmigración a la entrada.

2. Para los ciudadanos de Brasil con pasaporte oficial o diplomático y cuyo viaje es laboral, la exención del visado se aplica durante todo el período de la misión.

3. Todos los viajeros deben tener suficiente dinero para cubrir los gastos durante su estancia.

4. Todos los viajeros deben tener billetes de conexión o de regreso a su país de residencia permanente, y además todos los documentos necesarios para su viaje siguiente.

Regulaciones relacionadas al Pasaporte

El pasaporte es obligatorio para todos los viajeros excepto:
1. Viajeros con “Kinderausweis”, un documento de identidad alemán con una foto, expedido a menores de 16 años.

2. Viajeros con documento expedido a ciudadanos de Canadá presentando un documento que asegura sus nacionalidades y que viajen por motivos turísticos. El documento que asegura la nacionalidad de Canadá debe incluir lo siguiente:
a. Un certificado de Ciudadanía de Canadá con una foto del titular; o
b. Un acta original de nacimiento o copia compulsada, junto con una identificación oficial, como carné de conducir.

3. Viajeros con una Tarjeta de Residente Permanente o de Residente Extranjero (Form No. I-551) emitida a residentes de los Estados Unidos.

4. Viajeros con «Seaman Book» (Libreta Marítima), siempre que sea un viaje laboral.

5. Viajeros con “Laissez Passer” expedido por las Naciones Unidas afirmando que están en viaje de negocios.

6. Viajeros con un Documento de Viaje expedido por la Organización de los Estados Americanos.

7. Viajeros con un documento temporal de viaje expedido a personas sin nacionalidad o ciudadanía.

8. Viajeros con un documento de viaje conocido como “Titre de Voyage” expedido a refugiados según la Convención de las Naciones Unidas.

Pasaportes y papeles alternativos, o cualquiera de ellos, deben ser válidos para el período de la visita prevista.
a. Ciudadanos de Jamaica pueden entrar con pasaporte expirado y sin límites.

b. Pasaportes expirados por no más de un año expedidos a ciudadanos de Canadá son aceptados.

c. Pasaportes expirados por no más de un año expedidos a ciudadanos de los Estados Unidos son aceptados.

d. Pasaportes expirados por no más de un año expedidos a residentes extranjeros de Canadá son aceptados solamente si son acompañados por una Tarjeta de Residencia Permanente de Canadá.

e. Residentes de Jamaica pueden entrar con documentos válidos de viaje al llegar.

1. Menores de 18 años de edad, independientemente de su nacionalidad, tienen que llevar una carta autorizada asegurando si viajan con un adulto, o con uno de los padres o un tutor. Sin embargo, lo anterior no es aplicable a:

Si viajan con los dos padres, menores que sean ciudadanos de Jamaica y viajen con un grupo escolar.

2. Menores de 18 años si viajan con un grupo escolar; el jefe del grupo tiene que llevar una carta de invitación de la organización indicando que el grupo está de visita en Jamaica y la duración de la misma. Sin embargo, esto no se aplica a ciudadanos de Jamaica.

Los pasaportes expirados emitidos a ciudadanos de Jamaica tienen que estar en buenas condiciones y la foto tiene que ser reciente.

Aduanas y Divisas

1. Viajeros de 18 años o más pueden importar la cantidad de:
- ½ libra de productos de tabaco, 200 cigarros o 50 puros.
- ¼ de bebidas alcohólicas y ¼ de vino.
- Objetos personales hasta 500 dólares jamaicanos (JMD).
2. Aproximadamente, 150 gramos de perfume.
3. Los productos prohibidos incluyen todos los objetos hechos de piel de cabra que siguen teniendo la piel, tales como tambores, bolsos y alfombras, excepto si están bien rasuradas, curadas y limpiadas.

Los viajeros pueden exportar productos de tabaco y bebidas alcohólicas sin límite alguno.

Los perros y gatos sólo pueden entrar en Jamaica cuando nacen, se crian y se importan directamente desde el Reino Unido, Irlanda y la República de Erie. Las mascotas que han sido vacunadas por la rabia no podrán entrar en Jamaica.
Se requerirá un permiso de importación.

Un veterinario con licencia debe completar el certificado de salud para Jamaica.

Conjunto de regulaciones sobre las mascostas 

Formulario

El equipaje del viajero debe ser recogido en el aeropuerto de destino final en Jamaica siempre que el equipaje esté etiquetado como requerido y que el aeropuerto de destino final sea un aeropuerto internacional.
Exención: 
a. El equipaje de los viajeros en tránsito cuyo destino final es fuera de Jamaica, siempre que esté etiquetado hacia ese destino y que el viaje siguiente se realice dentro de 24 horas.

Los viajeros no tienen que pagar ningún tipo de impuestos a la salida del aeropuerto

Residentes (incluyendo las personas que tengan Permiso de Trabajo y vivan en la Isla) pueden importar divisas locales (Dólar Jamaicano–JMD) sin restricciones. Se permite la importación de divisa extranjera por una cantidad equivalente a la declarada a la salida.
Los no residentes pueden importar divisas extranjeras sin restricciones, siempre que se declare la cantidad importada, pero está prohibida la importación de divisa local.

Los residentes (incluyendo las personas que tengan Permiso de Trabajo y vivan en la Isla) pueden exportar divisas locales (Dólar Jamaicano–JMD) sin restricciones. Se permite la exportación de divisas extranjeras por una cantidad equivalente a 100 dólares jamaicanos (JMD). Los cheques de viaje y cheques corrientes están permitidos hasta la cantidad declarada. Se permite la exportación de divisas locales (Dólar Jamaicano–JMD) por una cantidad que no supere los 500 JMD al año, siempre que sean declaradas.
Los no residentes pueden exportar divisa extranjera hasta las cantidades importadas y declaradas, pero no se les permite la exportación de divisa local.

Jamaica es miembro del Tratado CITES (Convenio Internacional de Comercio de Especies en Peligro de Extinción).

3

Requisitos para visitantes:

Turista, Pasantía y Estudios

2

Requisitos para visitantes de:

Negocio

1

Requisitos para visitantes de:

Tránsito

Advertencia: La Embajada de Jamaica se reserva de solicitar documentación adicional.

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